El sector del videojuego genera globalmente unos ingresos de más de 116.000 millones de dólares, cifra que supera en dos veces y media la dimensión del mercado mundial del cine y en más de seis veces el mercado global de la música.
Concretamente, España ocupa el cuarto lugar a nivel europeo y el octavo mundial en cuanto a ingresos. Sin embargo, el peso de la industria española en el mundo no se corresponde con el de nuestro mercado.
A pesar del continuo crecimiento del sector, las empresas que lo forman se enfrentan a grandes desafíos para su desarrollo:
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- Los actuales mercados digitales poseen una saturación en la oferta de productos y actualmente las empresas necesitan elaborar un buen producto mediante la ayuda en forma de inversión para que dicho producto salga adelante.
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- Las microempresas, que componen el 87% de la masa empresarial, sólo representan el 9 % de la facturación total. El 17% de las empresas españolas no ha comenzado a facturar, teniendo aún sus productos en fase de desarrollo.
- Las empresas de tamaño mediano necesitan expandirse, pero tienen complicado el acceso a financiación y la atracción de inversores.
Con estos hechos, se puede determinar que uno de los pilares más importantes en los que se puede apoyar cualquier empresa dedicada al sector de los videojuegos es la obtención de financiación pública, así como el uso de ventajas fiscales referentes a la deducción de sus actividades técnicas. Por ello, dichas actividades y desarrollos acometidos en la realización de un videojuego pueden ser catalogados como actividades de I+D+i, tal y como explicaremos a continuación.
Repasemos los cambios legislativos en deducciones fiscales que afecten al sector de los videojuegos.
Como se comenta aquí, la reforma fiscal amplía el concepto de software avanzado en I+D, del mismo modo que la animación y los videojuegos se consideran innovación tecnológica, por lo cual se minorará de la base el 100% de las subvenciones recibidas y el software para personas discapacitadas se considerará I+D cuando se realice sin ánimo de lucro.
Los puntos más destacados concentran la parte que más afecta a las empresas innovadoras de base tecnológica dentro de la Reforma Fiscal para 2016. En lo que respecta a software avanzado en I+D, se considera I+D “la creación, combinación y configuración de software avanzado, mediante nuevos teoremas y algoritmos o sistemas operativos, lenguajes, interfaces y aplicaciones destinados a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados sustancialmente”.
Antes de la reforma, el software dirigido en exclusiva a personas discapacitadas se consideraba I+D, con independencia de si se realizaba o no con ánimo de lucro. Ahora, esta calificación solo se aplicará cuando no busque un fin económico sino altruista.
Cabe remarcar que las deducciones fiscales son un incentivo aplicado en el Impuesto de Sociedades, que permiten recuperar hasta un 42% de las inversiones y gastos realizados en I+D+i, aquí se incluye los gastos de personal, las amortizaciones de equipos, al igual que las colaboraciones externas y materiales, entre otros conceptos.
Del mismo modo, las empresas de videojuegos y animación tienen la posibilidad de conseguir una deducción fiscal del 12% del gasto de desarrollo de un proyecto nuevo; gastos directamente relaciones en el proyecto, como los siguientes:
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- Gastos de personal interno (sueldo + seguridad social).
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- Colaboraciones externas.
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- Amortización de equipos.
- Materiales fungibles.
¿Que sería Innovación Tecnológica según la ley?
Remitiéndose al artículo 35 Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades para esclarecer qué actividades se consideran de innovación tecnológica:
“Se considerará innovación tecnológica la actividad cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos productos o procesos de producción o mejoras sustanciales de los ya existentes. Se considerarán nuevos aquellos productos o procesos cuyas características o aplicaciones, desde el punto de vista tecnológico, difieran sustancialmente de las existentes con anterioridad.
Esta actividad incluirá la materialización de los nuevos productos o procesos en un plano, esquema o diseño, así como la creación de un primer prototipo no comercializable, los proyectos de demostración inicial o proyectos piloto, incluidos los relacionados con la animación y los videojuegos y los muestrarios textiles, de la industria del calzado, del curtido, de la marroquinería, del juguete, del mueble y de la madera, siempre que no puedan convertirse o utilizarse para aplicaciones industriales o para su explotación comercial.
Se pueden establecer los siguientes criterios con respecto al concepto de innovación tecnológica, según la Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1363 – 10, de 17 de junio de 2010.
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- Novedad o mejora sustancial. El producto o proceso obtenido o que se pretende obtener ha de ser nuevo o incorporar una mejora sustancial. La novedad no ha de ser meramente formal o accesoria, sino que debe suponer la existencia de un cambio esencial, una modificación en alguna de las características básicas e intrínsecas del producto o proceso, que atribuyan una nueva naturaleza al elemento modificado.
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- Desde el punto de vista tecnológico. La novedad tiene que producirse en el ámbito tecnológico del proceso o producto.
- Desde un punto de vista subjetivo. No se requiere la obtención de un nuevo producto o proceso inexistente en el mercado, sino el desarrollo de un nuevo producto o proceso que no haya sido desarrollado hasta el momento por la entidad que lo lleva a cabo, en línea con la definición de innovación contenida en el Manual de Oslo, en su nueva versión elaborada en el año 2005.”
De acuerdo con lo anterior, la programación de videojuegos podrá considerarse como actividad de innovación tecnológica en la medida que suponga la obtención de un producto nuevo o que incorpore una mejora sustancial a uno ya existente. En ningún caso se entenderá como actividad de innovación tecnológica la programación que no determine la obtención de una novedad tecnológica significativa, como la asociada a las actualizaciones menores y/o rutinarias de un videojuego existente.
¿Qué gastos se pueden deducir por I+D+i?
Realizando una separación de fases que compongan un proyecto enfocado a videojuegos, a modo de ejemplo, se pueden detectar las actividades, fases y tareas que pueden ser consideradas como deducibles fiscalmente:
Fase: Análisis de requerimientos, diseño y definición de los componentes.
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- Plan de trabajo: Se establece el plan de trabajo y la planificación final referente a los recursos requeridos, incluyendo el hardware y las licencias de software específico a utilizar durante el desarrollo de la producción del proyecto. Adicionalmente, se incluye la elaboración de documentos de planificación de recursos, hitos y costes del prototipo completo.
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- Elaboración de los documentos de tecnologías y herramientas a nivel técnico y conceptual, en el que se definen las tecnologías a aplicar y/o desarrollar para el funcionamiento general del videojuego, usando esquemas de interacción, documentos de diseño, diagramas, definiciones de casos de uso, etc. Se establecen los requisitos técnicos y las herramientas a desarrollar o utilizar, se estudian los periféricos a incluir y su interacción con el desarrollo, se diseñan y definen los sistemas externos en los que habrá que implementar el prototipo para poder ser ejecutado y su implicación en entornos masivos o multijugador, así comoa establecer un plan de programación donde queden definidas las metodologías de trabajo.
- Diseño de la prueba de concepto: La prueba de concepto sirve para validar el diseño inicial propuesto el juego y si el equipo está capacitado para llevarlo a cabo.
Fase: Desarrollo e implementación de los prototipos.
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- Producción: En esta fase se realizan las tareas referentes al cumplimiento del plan de trabajo previsto y la interrelación entre los diferentes departamentos implicados en el proyecto, así como la comprobación y ejecución en cuanto al diseño de la mecánica planteada en el “gameplay” y el nivel de calidad propuesto. Como parte del diseño global, se evalúan nuevas ideas determinando si pueden beneficiar o perjudicar al juego. En esta fase se documenta o recopila todo el proceso de desarrollo del juego.
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- Versión Alfa: En esta fase se realiza una versión del prototipo que contenga todo el contenido definido y que sea jugable de principio a fin, aunque éste tenga errores o bugs. Incluye las siguientes tareas:
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- Programación.
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- Arte gráfico.
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- Creación de música, sonidos y efectos.
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- Pruebas de validación.
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- Versión Beta: En esta fase se realizan tareas tanto de validación como de programación, calidad y usabilidad para la obtención de una versión estable y relativamente libre de errores de la versión Alfa. La versión Beta supone la primera versión completa del prototipo no comercializable, posiblemente inestable pero útil para realizar labores de inspección previa. Esta versión puede necesitar la implementación de sistemas externos donde iterar y validar su funcionalidad y operatividad con un número limitado de usuarios (stores, servidores, etc). Incluye las siguientes tareas:
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- Recodificación.
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- Pruebas.
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- Despliegue de servicios de pruebas finales.
- Implementación y validación.
Con estas tareas de depuración se obtiene la versión “Gold” del prototipo. Es la versión definitiva completamente estable y con todas las características, lista para su prueba final y su consecuente comercialización.
OK! ¿Pero qué es lo que no puedo deducir por I+D+i?
De la misma manera que se remarca aquí, destacar que no se consideran actividades de investigación y desarrollo ni de innovación tecnológica las siguientes:
- Las actividades que no impliquen una novedad científica o tecnológica significativa. En particular, los esfuerzos rutinarios para mejorar la calidad de productos o procesos, la adaptación de un producto o proceso de producción ya existente a los requisitos específicos impuestos por un cliente, los cambios periódicos o de temporada, excepto los muestrarios textiles y de la industria del calzado, del curtido, de la marroquinería, del juguete, del mueble y de la madera, así como las modificaciones estéticas o menores de productos ya existentes para diferenciarlos de otros similares.
Por tanto, existen gastos que pueden ser fundamentales para la ejecución de productos y desarrollos definidos como I+D+i pero que no pueden ser deducibles fiscalmente como gastos I+D+i. Pongamos algunos ejemplos:
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- Actividades de marketing, publicidad y comercialización de los productos o servicios.
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- Las actividades externas referentes a consultoría, auditoría o notaría derivada de los desarrollos.
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- Gastos indirectos derivados del personal interno participante en las actividades.
- Los gastos referentes a actividades efectuadas fuera del Espacio Económico Europeo o en un país catalogado como paraíso fiscal (Andorra, Gibraltar, etc.).
En deducible.es somos expertos en la financiación de la I+D+i. Hemos realizado deducciones fiscales a compañías dedicadas a la innovación en el sector de los videojuegos. No dudes en contactar con nosotros, estamos en Barcelona, Madrid y Valencia.