Subvenciones 2026 para la creación de infraestructuras de investigación en tecnologías de uso dual: 114,7 millones de euros para impulsar las capacidades tecnológicas e industriales

La convocatoria de subvenciones para la creación de infraestructuras de investigación en tecnologías de uso dual correspondiente al ejercicio 2026, impulsada por Red.es, tiene como objetivo reforzar las capacidades científicas, tecnológicas e industriales de España en ámbitos estratégicos relacionados con la defensa, la seguridad y las aplicaciones civiles. Para ello, se destina un presupuesto de 114,7 millones de euros a financiar la construcción y mejora de infraestructuras de investigación, ensayo y experimentación que permitan desarrollar y validar tecnologías con aplicaciones tanto civiles como militares.

Estas ayudas se enmarcan en la Estrategia de Tecnología e Innovación para la Defensa (ETID) 2026 y en el programa FEDER 2021-2027, y buscan fomentar la colaboración entre universidades, organismos públicos de investigación, centros tecnológicos y otros agentes del sistema de I+D+i. Entre los ámbitos tecnológicos prioritarios destacan la inteligencia artificial, la robótica, la ciberseguridad, la computación avanzada y las tecnologías espaciales, con el propósito de acelerar la transferencia de conocimiento y fortalecer las capacidades estratégicas del tejido tecnológico e industrial español.

La convocatoria permanecerá abierta desde el 7 de octubre hasta el 9 de diciembre de 2026. Cuenta con una dotación global de 114,7 millones de euros, distribuida entre diez comunidades autónomas, con diferentes intensidades máximas de financiación en función de la región donde se ubique la infraestructura.

CaracterísticaDetalle
Organismo convocanteRed.es
ConvocatoriaSubvenciones para la creación de infraestructuras para la investigación en tecnologías de uso dual
Presupuesto total114,7 millones de euros
Apertura de solicitudes7 de octubre de 2026
Cierre de solicitudes9 de diciembre de 2026
Tipo de ayudaSubvención a fondo perdido
Ayuda mínima por proyecto900.000 €
Ayuda máxima por proyecto8.000.000 €
Plazo máximo de ejecución30 meses desde la publicación de la resolución de concesión
Régimen de concesiónConcurrencia competitiva

¿Qué proyectos e inversiones pueden financiarse?

La finalidad de estas subvenciones es apoyar la construcción y mejora de infraestructuras de investigación en tecnologías de uso dual, entendiendo como tales aquellas tecnologías, equipos y soluciones de software que pueden utilizarse tanto en aplicaciones civiles como militares.

Se pretende facilitar el acceso a instalaciones científicas, equipamientos tecnológicos y recursos especializados que permitan desarrollar actividades avanzadas de investigación, ensayo, experimentación y validación tecnológica. La convocatoria busca resolver las dificultades de financiación que habitualmente encuentran las entidades investigadoras para adquirir instalaciones y equipos científicos de última generación, especialmente cuando requieren inversiones iniciales elevadas.

Entre los ámbitos tecnológicos que pueden encontrar encaje destacan:

  • Inteligencia artificial y aprendizaje automático, incluyendo infraestructuras para el desarrollo, entrenamiento y validación de sistemas inteligentes.
  • Robótica y sistemas autónomos, así como plataformas de experimentación y ensayo de nuevas soluciones robóticas.
  • Ciberseguridad y tecnologías de protección digital, incluyendo infraestructuras para realizar pruebas, simulaciones y validaciones de sistemas de seguridad.
  • Computación avanzada, supercomputación, procesamiento de datos y tecnologías de computación de altas prestaciones.
  • Tecnologías espaciales, incluyendo equipamientos e instalaciones para investigar, desarrollar y ensayar sistemas y componentes destinados al sector espacial.
  • Tecnologías facilitadoras esenciales, así como otras soluciones tecnológicas estratégicas con aplicaciones civiles y de defensa.

A efectos de la convocatoria, una infraestructura de investigación comprende tanto las instalaciones físicas como los equipos científicos, instrumental especializado, recursos tecnológicos, software, sistemas de computación, comunicaciones y otros recursos necesarios para desarrollar actividades de investigación. Estas infraestructuras pueden estar concentradas en una única ubicación o distribuirse entre diferentes emplazamientos mediante una red organizada de recursos.

Es importante destacar que no se financia cualquier proyecto de I+D de manera aislada, sino inversiones destinadas a crear o mejorar infraestructuras que permitan desarrollar actividades de investigación y experimentación en tecnologías de uso dual.

¿Qué entidades pueden beneficiarse de estas subvenciones?

La convocatoria está dirigida a entidades públicas del sistema español de ciencia, tecnología e innovación. En concreto, podrán solicitar las ayudas las siguientes categorías de beneficiarios:

1. Universidades públicas

Universidades públicas y sus institutos universitarios, siempre que estén inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos regulado por el Real Decreto 1509/2008.

2. Organismos públicos de investigación (OPI)

Organismos públicos de investigación pertenecientes a la Administración General del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47.2 de la Ley 14/2011, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

3. Otros centros públicos de I+D

Otros centros públicos de investigación con personalidad jurídica propia, dependientes de la Administración General del Estado o de otras administraciones públicas, cuya actividad principal sea la investigación, el desarrollo y la innovación.

En esta categoría también se incluyen los centros tecnológicos cuya propiedad y gestión corresponda a las administraciones públicas, siempre que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Importante: las solicitudes deberán presentarse de forma individual. No se admitirán propuestas presentadas por consorcios, uniones temporales de empresas (UTE) ni otras fórmulas de agrupación de entidades.

Además, los solicitantes deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, no tener obligaciones pendientes por reintegro de subvenciones y cumplir el resto de requisitos establecidos en el artículo 7 de las bases reguladoras y en la normativa general de subvenciones.

¿Qué gastos e inversiones son subvencionables?

La convocatoria permite financiar inversiones en activos materiales e inmateriales directamente vinculados a la creación o mejora de las infraestructuras de investigación.

Entre los principales conceptos subvencionables se encuentran:

CategoríaGastos subvencionables
Activos materialesInstalaciones, maquinaria, equipos científicos, instrumental tecnológico y equipamiento especializado.
Instalación y puesta en funcionamientoTransporte, montaje, instalación y puesta en marcha de maquinaria y equipos.
Adaptación de espaciosCanalizaciones, zanjas, arquetas, cimentaciones ligeras, soportes, anclajes, cableado y acometidas necesarias para instalar y poner en funcionamiento los equipos.
Activos inmaterialesPatentes, licencias, conocimientos técnicos y otros derechos de propiedad intelectual.

En el caso de las actuaciones de adaptación de espacios, estas deberán estar directamente relacionadas con los equipos financiados, ser imprescindibles para su funcionamiento y encontrarse debidamente desglosadas y justificadas en la memoria del proyecto.

Por tanto, se permite financiar determinadas actuaciones auxiliares de instalación, pero no obras de construcción o ampliación de edificios ni actuaciones generales de urbanización.

Principales gastos no subvencionables

La convocatoria establece una relación amplia de inversiones y gastos excluidos de financiación. Entre los más importantes que deberán tenerse en cuenta durante la preparación del presupuesto destacan:

  • Gastos de personal y costes indirectos asociados.
  • Adquisición de activos de segunda mano o equipos cuya procedencia, trazabilidad, garantía y soporte técnico no puedan acreditarse mediante el fabricante original, distribuidores autorizados o integradores acreditados.
  • Gastos de mantenimiento y reparación de maquinaria, equipos y aplicaciones.
  • Formación que no esté directa y necesariamente relacionada con los activos financiados.
  • Mobiliario y equipamiento administrativo, así como elementos auxiliares o logísticos que no sean imprescindibles para el funcionamiento de la infraestructura.
  • Material fungible y consumibles.
  • Suscripciones, publicaciones, material bibliográfico y acceso a bases de datos.
  • Adquisición de terrenos, edificios y locales, así como alquileres y arrendamientos.
  • Obras de construcción, ampliación de edificios y obra civil general, salvo las actuaciones limitadas y directamente vinculadas a la instalación de los equipos que contempla la convocatoria.
  • Inversiones financiadas mediante leasing, renting o fórmulas similares.
  • Actualizaciones de software y modificaciones de equipos que no supongan la adquisición de un nuevo activo subvencionable.
  • Gastos financieros, intereses, recargos, sanciones y procedimientos judiciales.
  • Seguros, garantías bancarias y gastos de constitución o mantenimiento de garantías.
  • Impuestos recuperables, deducibles o compensables.

También quedarán excluidos los gastos que no se ejecuten dentro del periodo establecido, no estén debidamente justificados o no se correspondan con el proyecto aprobado.

Por ello, resulta especialmente importante estructurar correctamente el presupuesto de inversión y justificar la vinculación directa de cada activo con la infraestructura de investigación que se pretende crear o mejorar.

Presupuesto e intensidad de las ayudas por comunidades autónomas

Los 114,7 millones de euros de la convocatoria se distribuyen territorialmente entre diez comunidades autónomas. La intensidad máxima de subvención dependerá de la región en la que se encuentre la infraestructura de investigación.

En concreto, las ayudas podrán cubrir hasta el 95 % de la inversión subvencionable en Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha y Extremadura, mientras que en Aragón, Illes Balears, Comunitat Valenciana, Castilla y León, Galicia y Región de Murcia la intensidad máxima será del 80 %.

Comunidad autónomaPresupuesto asignadoIntensidad máxima
Andalucía40.471.814,85 €95 %
Aragón1.881.600,00 €80 %
Illes Balears1.079.268,16 €80 %
Comunitat Valenciana7.675.200,00 €80 %
Canarias3.442.764,33 €95 %
Castilla-La Mancha22.778.373,01 €95 %
Castilla y León3.636.000,00 €80 %
Extremadura10.142.095,12 €95 %
Galicia21.293.627,55 €80 %
Región de Murcia2.289.600,00 €80 %
Total114.690.343,02 €

Plazos y condiciones de ejecución de los proyectos

Los proyectos financiados tendrán un plazo máximo de ejecución de 30 meses, que comenzará a contar desde la fecha de publicación de la resolución de concesión. Asimismo, todos los gastos deberán ejecutarse dentro del periodo establecido y justificarse adecuadamente, respetando las condiciones y el presupuesto aprobados en la resolución de concesión.

Aspectos clave para preparar una solicitud

Antes de presentar un proyecto a esta convocatoria, conviene analizar especialmente los siguientes aspectos:

1. Naturaleza del beneficiario: únicamente podrán solicitar estas ayudas las universidades públicas, los organismos públicos de investigación y los centros públicos de I+D que cumplan los requisitos establecidos. Las empresas privadas no pueden presentarse directamente como beneficiarias.

2. Carácter de uso dual de la infraestructura: la inversión debe estar vinculada a tecnologías y capacidades de investigación que puedan tener aplicaciones civiles y militares.

3. Dimensión de la inversión: la ayuda solicitada deberá situarse entre los 900.000 y los 8 millones de euros, sin superar la dotación territorial disponible en cada comunidad autónoma.

4. Justificación de los activos: será necesario explicar la función de cada equipo, instalación o activo inmaterial dentro de la infraestructura y su contribución a las actividades de investigación, ensayo y experimentación.

5. Presupuesto subvencionable: deberán separarse correctamente las inversiones elegibles de los gastos excluidos, prestando especial atención a las obras civiles, los costes de instalación y los gastos auxiliares.

6. Ubicación de la infraestructura: la comunidad autónoma donde se ubique determinará tanto el presupuesto territorial disponible como la intensidad máxima de financiación aplicable.

7. Presentación individual: cada entidad deberá presentar su propia solicitud, sin posibilidad de concurrir mediante consorcios o agrupaciones.

La convocatoria de subvenciones 2026 para la creación de infraestructuras de investigación en tecnologías de uso dual, gestionada por Red.es, representa una oportunidad de financiación para universidades públicas, organismos públicos de investigación y centros públicos de I+D que necesiten crear o modernizar instalaciones científicas y tecnológicas especializadas. Las solicitudes podrán presentarse hasta el 9 de diciembre de 2026, por lo que las entidades interesadas deberán analizar con antelación el encaje tecnológico de sus inversiones, la elegibilidad de los activos y el presupuesto necesario para desarrollar la infraestructura. Si no quieres perderte nada acerca de nuevas convocatorias que encajen con tu empresa registrate gratuitamente en la plataforma de innovación innovating.works. 

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