Subvenciones a inversiones forestales no productivas y productivas (intervenciones 6881.4 y 6883) 2026 – Comunitat Valenciana

La Generalitat Valenciana pone en marcha la convocatoria 2026 de las subvenciones a inversiones forestales no productivas y productivas, enmarcadas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC) y financiadas con fondos FEADER. Estas ayudas tienen como objetivo impulsar una gestión forestal sostenible y mejorar la viabilidad económica y ambiental de los montes de la Comunitat Valenciana.

La convocatoria contempla tres líneas de actuación dirigidas a la planificación forestal, la ejecución de trabajos de gestión sostenible y la adquisición de maquinaria forestal. El programa cuenta con un presupuesto de 8,2 millones de euros y las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva. El plazo de solicitud permanece abierto hasta el 5 de octubre de 2026.

Principales características de la convocatoria
CaracterísticaDetalle
ProgramaPEPAC 2023-2027
Intervenciones6881.4 y 6883
ÁmbitoComunitat Valenciana
Presupuesto8,2 millones de euros
Plazo de solicitudHasta el 5 de octubre de 2026
Régimen de concesiónConcurrencia competitiva
ModalidadSubvención
LíneasPlanificación forestal, gestión forestal sostenible y maquinaria forestal

¿Qué actuaciones pueden recibir financiación?

La convocatoria estructura las inversiones subvencionables en tres líneas diferenciadas, que cubren desde la planificación de la gestión de los montes hasta la ejecución de actuaciones forestales y la adquisición de maquinaria especializada.

Línea 1. Redacción de planes técnicos de gestión forestal

Esta línea está destinada a financiar la redacción y revisión justificada de planes técnicos de gestión forestal destinados a ordenar la gestión de montes privados.

Los planes deberán ser compatibles con la planificación forestal y territorial aplicable, ajustarse al manual autonómico de instrucciones para instrumentos técnicos de gestión forestal y adaptarse a los criterios y normas de certificación forestal vigentes.

También podrán incluirse en un mismo plan terrenos forestales colindantes pertenecientes a distintos propietarios o terrenos separados que pertenezcan a un mismo propietario.

La superficie mínima de actuación es de 25 hectáreas continuas.

Entre los gastos financiables se encuentran:

  • Honorarios de profesionales con titulación forestal universitaria para la redacción de planes técnicos.
  • Honorarios correspondientes a la revisión de planes técnicos de gestión forestal.

Quedan excluidas de esta línea la redacción y revisión de planes técnicos de gestión forestal simplificados, así como los planes técnicos de ordenación cinegética.

Línea 2. Trabajos de gestión forestal sostenible

La segunda línea financia la ejecución de actuaciones de gestión forestal sostenible contempladas en los correspondientes planes técnicos de gestión forestal, planes técnicos simplificados o modelos tipo de gestión forestal aprobados y vigentes.

Entre las actuaciones subvencionables destacan:

  • Plantaciones de enriquecimiento forestal bajo cubierta.
  • Actuaciones selvícolas de mejora, como claras, clareos, resalveos y podas.
  • Pela del corcho quemado o desbornizado.
  • Desbroces con eliminación de restos.
  • Creación de discontinuidades mediante desbroces de matorral y podas en terrenos forestales procedentes de antiguos cultivos abandonados.
  • Actuaciones de sanidad forestal, incluyendo la colocación de trampas de feromonas o atractivos cairomonales para el control de plagas.
  • Eliminación de restos procedentes de aprovechamientos maderables cuando la actuación esté contemplada en el plan de aprovechamientos y se trate de parcelas con pendiente superior al 30 % o densidad inicial superior a 1.000 pies por hectárea.

Además, pueden financiarse los gastos de ejecución de las actuaciones, la redacción de memorias y documentación técnica y la dirección de obra, siempre que las actuaciones sean finalmente ejecutadas.

Todas las actuaciones deberán realizarse sobre terrenos forestales y ser compatibles con la planificación forestal y territorial aplicable.

Línea 3. Adquisición de maquinaria forestal

La tercera línea está orientada a impulsar la modernización y mecanización de las explotaciones y actividades forestales mediante la adquisición de maquinaria y equipamiento de nueva adquisición.

Entre las inversiones que pueden recibir apoyo se encuentran:

  • Arrastradoras.
  • Autocargadores.
  • Procesadoras.
  • Tractores forestales y otros vehículos para carga, descarga y saca de madera.
  • Grúas forestales sobre camiones o maquinaria forestal.
  • Cable forestal vinculado a maquinaria específica de extracción.
  • Astilladoras y clasificadoras de astillas.
  • Maquinaria para la fabricación de pellets.
  • Maquinaria para el procesamiento y movilización de biomasa forestal destinada a la producción de energía renovable u otros aprovechamientos.
  • Equipos e instalaciones móviles de procesado de madera diseñados para desplazarse a las áreas de corta.
  • Retroarañas.
  • Cualquier otra maquinaria o equipamiento de uso forestal.

También se admite el arrendamiento financiero con opción a compra, siempre que el contrato establezca la obligación de adquirir el bien al finalizar la operación.

No son subvencionables, entre otros conceptos, las herramientas manuales como motosierras o motodesbrozadoras, la maquinaria de segunda mano y los alquileres sin opción a compra.

¿Quién puede solicitar estas ayudas?

Los beneficiarios varían en función de la línea de actuación.

LíneaPrincipales beneficiarios
Línea 1 – Planes técnicosPersonas físicas privadas, personas jurídicas privadas, agrupaciones sin personalidad jurídica y comunidades de bienes titulares de derechos de propiedad o uso y disfrute de terrenos forestales
Línea 2 – Gestión forestal sosteniblePersonas físicas privadas, personas jurídicas privadas y comunidades de bienes titulares de derechos de propiedad o uso y disfrute de terrenos forestales
Línea 3 – Maquinaria forestalTitulares forestales, agrupaciones de personas físicas, comunidades de bienes y pymes de aprovechamientos, trabajos y servicios forestales o primera transformación de productos forestales

En el caso de las pymes forestales, deberán desarrollar su actividad en alguno de los siguientes CNAE:

  • 0210 – Silvicultura y otras actividades forestales.
  • 0220 – Explotación de la madera.
  • 0230 – Recolección de productos silvestres, excepto madera.
  • 0240 – Servicios de apoyo a la silvicultura.

Además, estas empresas deberán contar con domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.

Para acceder a la ayuda de maquinaria, los titulares forestales deberán disponer de un plan técnico de gestión forestal aprobado y vigente o estar adheridos a un modelo tipo de gestión forestal aprobado.

En el caso de agrupaciones sin personalidad jurídica, deberán identificarse los compromisos de ejecución y la subvención correspondiente a cada integrante, designar un representante o apoderado único y mantener la agrupación durante el periodo establecido.

Con carácter general, los beneficiarios deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, cumplir las obligaciones en materia de igualdad que resulten exigibles, no tener la consideración de empresa en crisis y cumplir el resto de requisitos administrativos establecidos en la convocatoria.

Intensidad y cuantía de las ayudas

Las condiciones económicas son especialmente interesantes en las dos primeras líneas, donde la intensidad de ayuda alcanza el 100 % de la actuación subvencionable.

LíneaIntensidadCálculo de la ayudaLímite máximo
Planes técnicos de gestión forestal100 %2.000 € por plan + 20 €/ha arbolada + 5 €/ha desarbolada13.500 € por expediente
Trabajos de gestión forestal sostenible100 %Importes unitarios máximos según actuación40.000 € por expediente
Adquisición de maquinaria forestalHasta 65 %Porcentaje aplicado sobre el coste de la inversión150.000 € por expediente
Planes técnicos de gestión forestal

La ayuda alcanza el 100 % del importe de la actuación, calculándose mediante una cantidad fija de 2.000 euros por plan técnico, a la que se añade una parte variable:

  • 20 €/ha arbolada.
  • 5 €/ha desarbolada.

La ayuda está limitada a un máximo de 13.500 euros por expediente, IVA incluido.

Trabajos de gestión forestal sostenible

La intensidad también alcanza el 100 % de la actuación, aplicándose importes unitarios máximos en función del tipo de trabajo realizado.

Los módulos pueden oscilar, según la actuación, desde 2,5 euros por unidad hasta 4.000 euros por hectárea.

Los gastos correspondientes a la redacción de memorias, presupuestos y dirección y ejecución de las actuaciones pueden alcanzar como máximo el 5 % del presupuesto de las actuaciones subvencionables.

El límite máximo de ayuda es de 40.000 euros por expediente, IVA incluido.

Adquisición de maquinaria forestal

En esta línea la intensidad de ayuda es de hasta el 65 % del coste de la actuación, con un límite máximo de 150.000 euros por expediente, IVA incluido.

La ayuda se calcula sobre el coste de la inversión en maquinaria y equipamiento forestal que cumpla las condiciones establecidas en la convocatoria.

Gastos subvencionables y principales exclusiones

De forma general, podrán considerarse subvencionables los gastos directamente vinculados a las actuaciones previstas en cada línea.

El IVA será subvencionable cuando no sea susceptible de recuperación o compensación por parte de la persona o entidad beneficiaria.

Entre las principales exclusiones destacan:

LíneaGastos o actuaciones excluidas
Planes técnicosPlanes técnicos de gestión forestal simplificados
Planes técnicosPlanes técnicos de ordenación cinegética
MaquinariaHerramientas manuales como motosierras y motodesbrozadoras
MaquinariaMaquinaria de segunda mano
MaquinariaAlquiler sin opción a compra
TodasSolicitudes por importe inferior a 1.500 €

Una oportunidad para modernizar la gestión y actividad forestal

Estas subvenciones representan una oportunidad para profesionalizar la gestión de los terrenos forestales, ejecutar actuaciones de mejora y prevención y modernizar los medios materiales empleados por las empresas del sector.

La convocatoria combina actuaciones de carácter no productivo, como la planificación y mejora de los montes, con inversiones productivas dirigidas a maquinaria, aprovechamiento de la madera y movilización de biomasa forestal.

Especialmente relevante resulta la Línea 3 para las pymes dedicadas a los aprovechamientos, trabajos y servicios forestales o a la primera transformación de productos forestales, ya que permite apoyar inversiones de hasta 150.000 euros por expediente, con una intensidad de hasta el 65 %.

Por su parte, propietarios y titulares de terrenos forestales pueden encontrar en las Líneas 1 y 2 una vía de financiación de hasta el 100 % para determinadas actuaciones de planificación y gestión sostenible.

El plazo de solicitud finaliza el 5 de octubre de 2026, por lo que las empresas, propietarios y entidades interesadas deberán analizar con antelación tanto el cumplimiento de los requisitos como la adecuación de sus inversiones a las actuaciones y módulos establecidos en la convocatoria. Si no quieres perderte nada acerca de nuevas convocatorias que encajen con tu empresa registrate gratuitamente en la plataforma de innovación innovating.works

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