El Ayuntamiento de Madrid pone en marcha una nueva línea de ayudas destinada a impulsar la modernización tecnológica, la digitalización, la economía circular, la eficiencia energética y la movilidad conectada de las pymes que desarrollan su actividad en la ciudad de Madrid.
La convocatoria cuenta con un presupuesto de 1,8 millones de euros y permitirá financiar la adquisición e implantación de soluciones tecnológicas ya desarrolladas y comercializadas, por lo que no se trata de una ayuda orientada a proyectos de I+D o al desarrollo de nuevas tecnologías.
Datos principales de la convocatoria
| Característica | Detalle |
| Programa | Subvenciones para productos, herramientas o servicios de modernización tecnológica y digitalización |
| Beneficiarios | Pymes |
| Ámbito geográfico | Municipio de Madrid |
| Presupuesto | 1,8 millones de euros |
| Ayuda máxima | 40.000 € por empresa |
| Intensidad máxima | 80% |
| Régimen | Ayuda de minimis |
| Inicio del plazo | 1 de septiembre de 2026 |
| Fin del plazo | 15 de septiembre de 2026 |
| Cierre anticipado | Sí, si se agotan los fondos |
| Periodo de las inversiones | 1 de enero a 31 de diciembre de 2025 |
| Proyectos por empresa | 1 proyecto |
Importante: aunque la convocatoria se presenta en septiembre de 2026, las inversiones subvencionables son las realizadas durante 2025, de acuerdo con las condiciones establecidas en la convocatoria.
¿Qué proyectos pueden recibir la ayuda?
La convocatoria está dirigida a empresas que hayan realizado inversiones en tecnologías ya disponibles comercialmente para modernizar sus procesos, sistemas o instalaciones.
Las actuaciones se agrupan en cinco grandes ámbitos:
1. Transformación digital
Se incluyen soluciones relacionadas con TIC, IoT, cloud, inteligencia artificial, datos y ciberseguridad.
Entre las actuaciones subvencionables se encuentran:
- Plataformas IoT industriales para conectar máquinas, sensores y procesos.
- Soluciones comerciales de IA para mantenimiento predictivo y visión artificial.
- Migración a infraestructuras cloud vinculadas a procesos industriales y datos operativos.
- Ciberseguridad OT/IT, incluyendo firewalls, monitorización, copias de seguridad y sistemas de protección.
- Trazabilidad y certificación ambiental digital, integrada con sistemas empresariales como ERP, WMS o SGA.
En este grupo pueden financiarse, entre otros conceptos, software comercial, licencias perpetuas, sensores, gateways, firewalls, servidores edge, servicios de instalación e integración y formación técnica inicial.
2. Automatización e Industria 4.0
El segundo grupo está orientado a la automatización y modernización de procesos productivos.
Incluye inversiones como:
- Robots industriales y cobots.
- Células automatizadas.
- Sistemas de visión artificial.
- Vehículos AGV y AMR.
- Sensores industriales y sistemas de adquisición de datos.
- Software comercial de control y monitorización.
- Gemelos digitales.
- Sistemas de interoperabilidad entre maquinaria.
- Soluciones CAD, CAE y BIM.
- Ensayos técnicos con sensorización e IA comercial.
También pueden ser subvencionables determinados servicios directamente relacionados con la implantación, como instalación mecánica y eléctrica, programación, integración, pruebas FAT/SAT y puesta en marcha.
3. Economía circular y gestión de residuos
La convocatoria también contempla inversiones destinadas a mejorar la trazabilidad, gestión y tratamiento de residuos, así como la implantación de herramientas de economía circular.
Entre ellas:
- Sistemas digitales de trazabilidad de residuos y EPR.
- Automatización de separación y clasificación mediante visión artificial e IA.
- Sistemas de monitorización de compostaje.
- Herramientas digitales de economía circular 4.0.
- Sistemas automatizados de descontaminación.
- Sensores y equipos de medición ambiental.
- Plataformas de gestión y trazabilidad ambiental.
Se podrán incluir determinados servicios de integración, instalación, configuración y validación operativa, siempre que sean imprescindibles para poner en funcionamiento la solución.
4. Energía y eficiencia energética
El cuarto grupo se centra en la reducción y optimización del consumo energético de las empresas.
Se contemplan, entre otras:
- Sistemas de gestión energética compatibles con ISO 50001.
- Contadores inteligentes y medidores.
- Gateways y concentradores de datos.
- Variadores de frecuencia.
- Controladores y sistemas de optimización energética.
- Equipos de comunicaciones y telemetría.
- Smart grids privadas y microredes.
- Sistemas de telelectura y gestión remota.
- Auditorías energéticas y certificaciones técnicas directamente vinculadas a la implantación.
También se contemplan materiales y soluciones de aislamiento térmico industrial, siempre que estén directamente vinculados a instalaciones o procesos.
No son subvencionables las actuaciones sobre la envolvente del edificio, como fachadas, cubiertas, ventanas, suelos, falsos techos u otras obras ordinarias de acondicionamiento del inmueble.
5. Movilidad conectada y logística en recintos cerrados
El último grupo está dirigido a empresas que quieran mejorar la movilidad interna y la gestión logística dentro de recintos privados o cerrados.
Se incluyen:
- Sistemas V2X/ITS.
- Equipos RSU y OBU.
- Plataformas de gestión de flotas.
- Sistemas de telemetría y comunicaciones.
- Sensores y controladores.
- Sistemas ADAS.
- Automatización de vehículos de baja velocidad.
- Software de gestión de muelles y patios.
- Sistemas de asignación dinámica de espacios logísticos.
El objetivo es mejorar la coordinación, seguridad, trazabilidad y eficiencia de los movimientos internos de vehículos y mercancías.
¿Qué gastos son subvencionables?
Aunque los gastos elegibles varían según el grupo de actuación, existe un patrón común: deben estar directamente vinculados a la adquisición e implantación de una solución tecnológica comercial.
Entre los principales conceptos encontramos:
| Concepto | Ejemplos |
| Software | Licencias comerciales, software de gestión, control y monitorización |
| Hardware | Sensores, servidores edge, cámaras, gateways, controladores |
| Robótica | Robots, cobots, AGV, AMR y células automatizadas |
| Equipos energéticos | Contadores, medidores, variadores y sistemas de control |
| Instalación | Instalación mecánica, eléctrica y configuración |
| Integración | Integración con ERP, MES, SCADA u otros sistemas |
| Puesta en marcha | Parametrización, pruebas y validación funcional |
| Formación | Formación técnica inicial vinculada a la solución |
| Certificaciones | Cuando sean imprescindibles para el funcionamiento del sistema |
Un aspecto especialmente relevante es que no se financian servicios recurrentes o de soporte periódico cuando no formen parte de la implantación inicial de la solución.
¿Cuánto puede recibir cada empresa?
La intensidad de la ayuda depende del tamaño de la pyme:
| Tipo de empresa | Inversión mínima | Intensidad máxima | Ayuda máxima |
| Microempresa (<10 trabajadores) | 10.000 € | 80% | 40.000 € |
| Pequeña empresa (10-49 trabajadores) | 20.000 € | 70% | 40.000 € |
| Mediana empresa (50-249 trabajadores) | 40.000 € | 50% | 40.000 € |
Por tanto, una microempresa que realice una inversión subvencionable de 50.000 € podría alcanzar el límite máximo de 40.000 € de subvención, mientras que una pequeña empresa necesitaría realizar una inversión de aproximadamente 57.143 € para alcanzar ese mismo máximo.
En todos los casos, la ayuda está limitada a 40.000 euros por empresa.
Requisito geográfico: especial atención
Uno de los requisitos fundamentales de esta convocatoria es que la actividad y la inversión estén vinculadas al municipio de Madrid.
La empresa debe:
- Tener domicilio social y/o fiscal en el municipio de Madrid.
- Desarrollar su actividad en el término municipal de Madrid.
- Contar con un centro donde se desarrolle la actividad que coincida con el lugar en el que se realiza la inversión.
Por tanto, no basta con que la empresa tenga presencia en Madrid si la inversión subvencionada se realiza en otro centro o ubicación que no cumpla las condiciones de la convocatoria.
Requisitos y condiciones que deben tener en cuenta las pymes
Además de ser una pyme, las empresas solicitantes deben cumplir diferentes requisitos administrativos y legales.
Entre los principales:
- Ser una pyme conforme al Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.
- No encontrarse en ninguna de las situaciones de prohibición previstas en la Ley General de Subvenciones.
- No tener subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Madrid pendientes de justificación cuyo plazo ya haya finalizado.
- Cumplir el convenio colectivo correspondiente.
- Cumplir las obligaciones en materia de igualdad y no discriminación laboral.
- En empresas de 50 o más trabajadores, cumplir la obligación de reserva de empleo para personas con discapacidad o las medidas alternativas legalmente previstas.
- Cumplir las condiciones establecidas para las ayudas de minimis.
Los requisitos deben cumplirse a 31 de diciembre de 2025 y deberán acreditarse mediante la documentación correspondiente.
Una convocatoria para inversiones ya realizadas
Uno de los elementos más importantes de esta línea es su periodo de imputación de costes. Las inversiones deben haberse desarrollado entre:
1 de enero de 2025 y 31 de diciembre de 2025
Además, la convocatoria establece requisitos concretos respecto a las facturas y los pagos:
- La factura debe estar fechada dentro del periodo subvencionable.
- No se admitirán facturas anteriores al 1 de enero de 2025 ni posteriores al 31 de diciembre de 2025.
- Los pagos deben haberse realizado durante el periodo subvencionable y, como máximo, durante los dos meses posteriores a su finalización.
- Los pagos realizados fuera de ese plazo no se considerarán justificativos de la inversión.
Esto hace especialmente relevante que las empresas revisen sus inversiones tecnológicas realizadas durante 2025 y la documentación asociada antes de presentar la solicitud.
No es una ayuda para proyectos de I+D
La convocatoria está claramente orientada a la implantación de tecnologías existentes, por lo que quedan expresamente fuera:
- Proyectos de I+D.
- Prototipos.
- Validaciones precomerciales.
- Versiones beta.
- Desarrollo de nuevas soluciones tecnológicas.
La diferencia es importante: la empresa no tiene que desarrollar una nueva tecnología, sino adquirir e implantar una solución que ya esté desarrollada y comercializada.
Por ejemplo, la compra e implantación de una solución comercial de visión artificial para control de calidad puede encajar, mientras que desarrollar internamente un nuevo algoritmo de visión artificial o crear un prototipo para posteriormente comercializarlo quedaría fuera del objetivo de esta línea.
Una oportunidad para pymes madrileñas con inversiones tecnológicas en 2025
Esta convocatoria puede resultar especialmente interesante para pymes que durante 2025 hayan realizado inversiones en digitalización, automatización, eficiencia energética, economía circular o movilidad interna, ya que permite solicitar financiación sobre actuaciones que ya han sido ejecutadas, siempre que cumplan todos los requisitos establecidos.
La combinación de una intensidad de hasta el 80%, una ayuda máxima de 40.000 euros y un presupuesto global de 1,8 millones de euros convierte esta línea en una oportunidad relevante para microempresas y pequeñas empresas de Madrid.
No obstante, el plazo de solicitud es especialmente reducido: permanece abierto desde el 1 hasta el 15 de septiembre de 2026, pudiendo producirse el cierre anticipado si se agotan los fondos disponibles. Si no quieres perderte nada acerca de nuevas convocatorias que encajen con tu empresa registrate gratuitamente en la plataforma de innovación innovating.works.

Daniel Claudio es graduado en ciencias experimentales con máster en biotecnología de la salud por el CESIF. Tiene más de 5 años de experiencia en la financiación de la I+D+i a nivel nacional y europeo.
