La Comunidad de Madrid impulsa una nueva línea de ayudas destinada a reforzar el ecosistema regional de innovación y facilitar la transferencia de tecnología al tejido productivo. El programa financia proyectos dinamizadores desarrollados por entidades de enlace de la innovación tecnológica, apoyando actividades de formación, difusión, internacionalización, colaboración, transferencia de conocimiento y apoyo a empresas innovadoras.
Con un presupuesto de 3 millones de euros, estas ayudas buscan fortalecer la conexión entre empresas, centros de conocimiento y otros agentes del ecosistema innovador madrileño, especialmente en ámbitos considerados estratégicos dentro de la Estrategia de Especialización Inteligente (S3) de la Comunidad de Madrid.
Datos principales de la convocatoria
| Aspecto | Información |
|---|---|
| Programa | Ayudas a entidades de enlace de la innovación para potenciar la innovación tecnológica |
| Ámbito geográfico | Comunidad de Madrid |
| Presupuesto | 3 millones de euros |
| Plazo de solicitud | Hasta el 17 de septiembre de 2026 |
| Beneficiarios | Entidades de enlace de la innovación tecnológica |
| Presupuesto por proyecto | Entre 150.000 € y 900.000 € |
| Intensidad | 50 % de los costes subvencionables |
| Ayuda máxima | 450.000 € por proyecto |
| Duración | 2 anualidades |
¿Cuál es el objetivo de estas ayudas?
La convocatoria tiene como finalidad potenciar la innovación tecnológica y acelerar la transferencia de conocimientos y tecnología hacia el sector productivo madrileño.
Para ello, se apoyan proyectos dinamizadores que contribuyan a conectar a los distintos agentes del ecosistema de innovación y a facilitar que los resultados del conocimiento y de la investigación puedan llegar efectivamente a las empresas.
En particular, los proyectos podrán incluir actuaciones relacionadas con:
- Formación en innovación y tecnología.
- Difusión y visibilización de la innovación tecnológica madrileña.
- Internacionalización de la innovación.
- Apoyo a emprendedores y empresas de base tecnológica.
- Fomento de la colaboración público-privada.
- Colaboración entre diferentes agentes del ecosistema innovador.
- Participación en redes y plataformas.
- Intercambio de conocimiento.
- Transferencia tecnológica.
- Generación de nuevas oportunidades de colaboración entre empresas, centros de investigación y otros organismos.
Por tanto, no se trata de una ayuda dirigida directamente a financiar un proyecto de I+D empresarial concreto, sino de una convocatoria orientada a entidades que actúan como dinamizadoras y articuladoras del ecosistema de innovación.
Áreas estratégicas prioritarias
Los proyectos deberán encuadrarse en las áreas de especialización científico-tecnológica consideradas prioritarias por la Estrategia S3 de la Comunidad de Madrid:
- Procesos humanos y sociales.
- Comunicaciones y transformación digital.
- Tecnologías avanzadas habilitadoras.
- Transición ecológica.
- Salud global.
- Biotecnología y Agroalimentación.
Estas áreas permiten abarcar ámbitos como la digitalización, las tecnologías avanzadas, la transición energética y medioambiental, la salud, la biotecnología o las nuevas tecnologías aplicadas a diferentes sectores económicos.
¿Quién puede solicitar estas ayudas?
Los beneficiarios deben ser entidades de enlace de la innovación tecnológica con sede o centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
La convocatoria contempla diferentes formas jurídicas, entre ellas:
- Asociaciones.
- Confederaciones.
- Corporaciones de derecho público.
- Fundaciones.
- Entidades sin ánimo de lucro.
- Agrupaciones de empresas y otras entidades.
- Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, u otras unidades económicas o patrimonios separados que puedan ejecutar los proyectos.
En el caso de agrupaciones, la entidad jurídica que gestione la agrupación será la beneficiaria de la subvención y deberá designarse un representante o apoderado único con poderes suficientes.
¿Qué se entiende por entidad de enlace de la innovación?
La convocatoria considera como entidades de enlace aquellas estructuras o grupos organizados constituidos por diferentes partes independientes —como empresas innovadoras, pymes, grandes empresas, organizaciones de investigación y difusión de conocimientos, entidades sin ánimo de lucro y otros agentes económicos— cuyo objetivo sea estimular la actividad innovadora y favorecer el intercambio de conocimientos, la creación de redes y la transferencia tecnológica.
Este aspecto es especialmente relevante: la ayuda está diseñada para organizaciones que tengan una función real de conexión y dinamización del ecosistema innovador, no simplemente para entidades que desarrollen actividades empresariales convencionales.
¿Qué gastos son subvencionables?
La convocatoria permite financiar una amplia variedad de costes directamente vinculados con la ejecución de los proyectos dinamizadores.
1. Costes de personal
Se podrán financiar los gastos derivados de la contratación de técnicos y personal de apoyo necesario para desarrollar las actuaciones previstas.
2. Equipamiento y material inventariable
Se contemplan, entre otros:
- Equipos e instrumental.
- Material inventariable.
- Servicios informáticos.
- Licencias.
- Software.
- Bases de datos científicas.
No son subvencionables las obras, el mobiliario, los terrenos ni los edificios.
3. Catálogos de oferta tecnológica
También podrá financiarse la creación y mantenimiento de catálogos de oferta tecnológica accesibles para el entorno empresarial de la Comunidad de Madrid.
4. Viajes y dietas
Se consideran elegibles los desplazamientos del personal y de otros participantes cuando estén directamente relacionados y debidamente justificados por el proyecto.
No obstante, existe un límite: los viajes y dietas no podrán superar el 10 % del presupuesto subvencionable total.
5. Difusión y transferencia tecnológica
Esta categoría tiene especial importancia en una convocatoria orientada a dinamizar el ecosistema de innovación.
Podrán financiarse:
- Eventos.
- Conferencias.
- Seminarios.
- Publicidad.
- Materiales formativos.
- Acciones de internacionalización.
- Participación en congresos.
- Actividades para visibilizar el ecosistema innovador.
- Actuaciones de difusión y transferencia tecnológica.
No se financian comidas, bebidas ni servicios de catering.
Además, las actividades de difusión y visibilización están limitadas al 25 % del presupuesto subvencionable total del proyecto.
6. Servicios externos y expertos
Se incluyen colaboraciones y servicios especializados, así como compensaciones a personal externo que resulte necesario para ejecutar las actividades del proyecto.
7. Asesoramiento y apoyo a la innovación
Se podrán incluir servicios relacionados con:
- Consultoría tecnológica.
- Asesoramiento jurídico.
- Asesoramiento financiero y empresarial.
- Transferencia tecnológica.
- Propiedad industrial e intelectual.
- Licencias.
- Formación.
- Marketing.
- Estudios de mercado.
- Certificación.
8. Auditoría
También podrán financiarse los gastos derivados del informe de auditor, cuando este sea obligatorio.
Costes indirectos
Además de los costes directos, la convocatoria permite imputar costes indirectos de hasta el 15 % de los costes directos de personal subvencionables.
Intensidad y cuantía de las ayudas
Uno de los principales atractivos de la convocatoria es que permite financiar el 50 % de los costes subvencionables del proyecto.
Los proyectos deberán situarse dentro de una horquilla determinada:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Presupuesto mínimo del proyecto | 150.000 € |
| Presupuesto máximo del proyecto | 900.000 € |
| Intensidad de ayuda | 50 % |
| Ayuda máxima | 450.000 € |
Por ejemplo, un proyecto con un presupuesto elegible de 600.000 euros podría obtener una ayuda de hasta 300.000 euros, siempre que cumpla todos los requisitos establecidos en la convocatoria.
Duración de los proyectos
Los proyectos dinamizadores que resulten beneficiarios tendrán una duración de dos anualidades.
La fecha de inicio será la establecida en la resolución de concesión. En caso de que la resolución no indique una fecha concreta, el proyecto comenzará el día siguiente a la publicación de la orden de concesión en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Un aspecto fundamental es que no serán subvencionables los proyectos que hayan comenzado antes de la fecha de inicio establecida.
Por ello, las entidades interesadas deberán prestar especial atención a la planificación temporal de las actuaciones y evitar iniciar la ejecución del proyecto antes de la fecha que corresponda.
Una oportunidad para fortalecer el ecosistema madrileño de innovación
Esta convocatoria representa una oportunidad especialmente interesante para asociaciones, fundaciones, agrupaciones empresariales, corporaciones de derecho público y otras entidades que desempeñan una función de intermediación, conexión y dinamización dentro del ecosistema de innovación de la Comunidad de Madrid.
El programa permite financiar no solo actividades de difusión, sino un conjunto amplio de actuaciones destinadas a conectar conocimiento, tecnología y empresas, desde la formación y la internacionalización hasta la transferencia tecnológica, la colaboración público-privada y el apoyo a empresas de base tecnológica.
Además, la posibilidad de presentar proyectos de hasta 900.000 euros, con una intensidad del 50 % y una ayuda máxima de 450.000 euros, convierte esta línea en un instrumento relevante para consolidar estructuras de apoyo a la innovación durante un periodo de dos anualidades. Si no quieres perderte nada acerca de nuevas convocatorias que encajen con tu empresa registrate gratuitamente en la plataforma de innovación innovating.works.

Daniel Claudio es graduado en ciencias experimentales con máster en biotecnología de la salud por el CESIF. Tiene más de 5 años de experiencia en la financiación de la I+D+i a nivel nacional y europeo.
