Programa de Ayuda a la Transformación Digital (ATD): Impulso a la Industria 4.0 en Asturias

La digitalización y la automatización son factores críticos para la competitividad empresarial. En este contexto, el organismo IDEPA ha puesto en marcha el Programa de Ayuda a la Transformación Digital (ATD), una línea de financiación orientada a apoyar proyectos de inversión en el ámbito de la Industria 4.0 (I4.0) dentro del Principado de Asturias. A continuación, desglosamos los aspectos más relevantes de esta convocatoria, cuyo plazo de presentación de solicitudes se encuentra actualmente abierto.

Características Principales de la Convocatoria
  • Plazo de solicitud: Abierto desde el 1 de abril de 2026 hasta el 5 de mayo de 2026.
  • Presupuesto total: 1,5 millones de euros.
  • Régimen de concesión: Concurrencia competitiva. Esta línea tiene la consideración de «ayuda de minimis«.
  • Intensidad de la ayuda: La subvención máxima podrá alcanzar el 50% de la inversión subvencionable. Al ser ayuda de minimis, la cuantía no podrá superar el límite de 300.000 € en un periodo de tres años por empresa.
¿Qué proyectos son subvencionables?

El programa está diseñado para respaldar proyectos innovadores que implementen soluciones de la Industria 4.0. El objetivo es lograr la hibridación entre el mundo físico y el digital, mejorando los procesos, los productos o el modelo de negocio de la empresa.

Para ser elegibles, los proyectos deben cumplir estrictamente con las siguientes características:

  1. Tratamiento de datos: Capacidad de generar, recopilar o procesar datos en formato digital para facilitar la toma de decisiones.
  2. Interoperabilidad: Capacidad de integración con los sistemas informáticos ya existentes en la empresa, permitiendo el intercambio fluido de datos entre departamentos.
  3. Impacto demostrado: Generar un impacto claro en la modernización digital, la eficiencia operativa o la adopción de nuevas tecnologías.

Nota importante sobre exclusiones: Quedarán expresamente excluidos los equipos que carezcan de conectividad o el software que no sea integrable, como es el caso de las herramientas offline sin capacidad de interoperar.

Perfil del Beneficiario

Esta convocatoria está dirigida a pymes y empresarios individuales (autónomos) que cuenten con al menos un empleado a tiempo completo (o equivalente). En el caso de los autónomos, el propio trabajador por cuenta propia computa como empleado.

Los solicitantes deben pertenecer a alguno de los siguientes sectores (siempre que su actividad coincida con los epígrafes del IAE especificados en el Anexo de la convocatoria):

  • Sector industrial.
  • Servicios industriales a las empresas (ingeniería, diseño, asistencia técnica, logística, etc.).
  • Sector de la construcción (epígrafe IAE 50), exclusivamente en lo concerniente a la ejecución de obras.

Quedan excluidas las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las asociaciones y las fundaciones.

Requisitos del Proyecto y Gastos Elegibles

Para que un proyecto sea aprobado, debe ser viable técnica, económica y financieramente. Además, debe cumplir con el efecto incentivador, lo que significa que las inversiones solo podrán iniciarse a partir de la presentación de la solicitud de la ayuda.

Presupuesto del proyecto: El presupuesto subvencionable debe estar comprendido entre los 10.000 € y los 175.000 €. Si el presupuesto elegible supera los 175.000 €, el importe subvencionable quedará topado en esa cantidad.

Conceptos de Gasto Subvencionables:

  • Activos materiales: Hardware, instrumental de sensórica y control, etc.
  • Activos inmateriales: Software para la implantación de aplicaciones de gestión de negocio (cadena de suministro, comercial, recursos humanos, plataformas colaborativas, etc.).
  • Colaboraciones externas: Contratación de empresas de consultoría o ingeniería especializada. Estos gastos tienen un límite máximo del 30% respecto a los gastos de adquisición de activos fijos.
  • Costes indirectos: Se calcularán como un 7% de los costes directos elegibles del proyecto (modalidad de costes simplificados).

Es requisito indispensable que los activos materiales e inmateriales se incorporen al balance de la empresa como activos corrientes y sean debidamente contabilizados y amortizados.

Obligaciones de los Beneficiarios

Las empresas que resulten adjudicatarias de esta subvención deberán comprometerse a:

  • Mantenimiento de las inversiones: Mantener los activos subvencionados durante 5 años para bienes inscribibles en registros públicos, y durante 3 años para el resto de bienes inventariables.
  • Trazabilidad: Llevar un sistema de contabilidad separada o utilizar un código contable específico para todas las transacciones del proyecto.
  • Publicidad: Dar la adecuada publicidad y difusión a la ayuda obtenida.
  • Principio DNSH: Declarar que el proyecto no causa un perjuicio significativo al medioambiente (Do No Significant Harm).
  • Morosidad: Cumplir con la Ley 3/2004 de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Además, se valorará positivamente haber recibido servicios AsDIH dentro del programa PADIH. Cabe destacar que esta ayuda es incompatible con cualquier otra del Principado de Asturias destinada al mismo proyecto.

En resumen

El Programa ATD representa una oportunidad estratégica para que las empresas asturianas aceleren su transformación tecnológica. Dado que el plazo finaliza el próximo 5 de mayo, es recomendable iniciar el análisis de viabilidad y la preparación de la documentación a la mayor brevedad posible. Si no quieres perderte nada acerca de nuevas convocatorias que encajen con tu empresa registrate gratuitamente en la plataforma de innovación innovating.works.

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